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Anses actualizará los haberes de los jubilados que hicieron juicio por reajuste

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La Anses emitió una resolución por la cual a partir de ahora aquellos jubilados y pensionados que tengan sentencia firme por un juicio de reajuste comenzarán a percibir el haber actualizado en el plazo que estipula la ley, es decir 120 días hábiles a partir de que se notifica a Anses de la sentencia firme.

En una primera etapa se actualizará sólo el haber.

En una segunda etapa, se espera empezar a liquidar los retroactivos. Esto es priorizando la antigüedad de las sentencias, y en especial atención a los que están bajo el régimen de la resolución 56/97, que les da prioridad a aquellos que tengan enfermedades graves o terminales, tanto el titular cono el cónyuge.

Los juicios de reajuste se originan por la carencia de actualización por parte del Estado de las jubilaciones y pensiones, desatendiendo la manda constitucional que establece la movilidad de las prestaciones jubilatorias.

Esto quiere decir que a medida que se va actualizando el sueldo del activo, así tiene que suceder con el sueldo del pasivo, cosa que lamentablemente no sucede en la práctica.

En la actualidad, hay numerosos planteos realizados ante la Justicia en referencia a la actualización de los haberes jubilatorios desde el año 2018 en adelante.

En marzo del 2018 comenzó a aplicarse la ley de movilidad 27.426 del gobierno de Mauricio Macri, con la que se aplicó un 10% menos del cálculo. La Corte aún no se expidió sobre este error, al igual que tampoco se expidió respecto de la ley de movilidad de Alberto Fernández vigente desde marzo 2021 -la número 27609- y la ley 27541 que declara la emergencia económica que permitió que durante el 2020 esté suspendida la movilidad y se hayan otorgado aumentos por decreto a discrecionalidad del Poder Ejecutivo que no alcanzaron la inflación de los años 2021/2022 y 2023.

Todos los juicios que plantean estas cuestiones aun no tienen sentencia, por lo cual no entran en esta resolución que hoy se dio a conocer.

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